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Huella de carbono y plan de reducción en el EINF: qué exige el RD 214/2025

El Real Decreto 214/2025 obliga a incluir en el EINF la huella de carbono y un plan de reducción a cinco años. Qué pide, qué aclaró el MITECO y qué suele fallar en la verificación.

Por Clara Sánchez 6 min de lectura

La huella de carbono lleva años apareciendo en los EINF, pero hasta 2025 cada empresa la calculaba y la presentaba a su manera. El Real Decreto 214/2025 ha cambiado eso. Ahora hay un contenido mínimo, un plan de reducción con requisitos concretos y un plazo. Y el ejercicio 2025 fue el primero en el que estas exigencias se aplicaron de forma completa.

Si estás preparando el EINF del ejercicio 2026, ya tienes un primer año de experiencia, propia o ajena. En este artículo repaso qué pide la norma, qué aclaró el Ministerio después y en qué puntos he visto que se atasca la verificación.

De dónde viene la obligación

La Ley 7/2021 de cambio climático y transición energética ya preveía que las empresas obligadas a publicar el EINF calcularan su huella de carbono y elaboraran un plan de reducción. Faltaba el desarrollo reglamentario, que llegó con el Real Decreto 214/2025, de 18 de marzo, publicado en el BOE el 12 de abril de 2025 y en vigor desde el 12 de junio de ese año.

El real decreto hace dos cosas distintas que conviene no mezclar:

  • Regula el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción del Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO), que sustituye al que creó el Real Decreto 163/2014.
  • Concreta la obligación de cálculo y publicación para las empresas que deben presentar el EINF, y para la Administración General del Estado y su sector público administrativo.

Para una empresa privada, la obligación es calcular y publicar. La inscripción en el registro sigue siendo voluntaria. Solo el sector público estatal está obligado a inscribirse.

Quién está obligado

El perímetro es el mismo que el de la Ley 11/2018: si tu empresa está obligada a publicar el EINF, también lo está a incluir la huella y el plan de reducción. Como el Ómnibus no ha alterado la ley española mientras la CSRD siga sin trasponerse, este perímetro no ha cambiado para el ejercicio 2026. El comunicado conjunto de la CNMV y el ICAC de 20 de octubre de 2026 lo recuerda expresamente.

En los grupos, la regla práctica es esta. Si la sociedad dominante española publica un EINF consolidado que incluye la huella y el plan, la obligación queda cubierta para las filiales. Si la matriz es de otro Estado de la UE y cumple allí, las filiales españolas pueden quedar dispensadas en las condiciones de la Ley de Sociedades de Capital. Con matrices de fuera de la UE hay que analizar cada caso.

Qué tiene que incluir la huella de carbono

El real decreto pide calcular cada año las emisiones de alcance 1 (directas) y alcance 2 (indirectas por la energía adquirida). El alcance 3 es voluntario para las empresas. Para el sector público estatal pasará a ser obligatorio a partir del cálculo de 2028.

Sobre la metodología, la norma es menos concreta de lo que parece. No impone un estándar de cálculo para la obligación de publicar, aunque en la parte del registro se remite al GHG Protocol y a la norma ISO 14064. En la práctica, cualquiera de los dos es una base sólida, siempre que la elección se explique.

Los factores de emisión sí tienen una regla. Para la actividad en España deben usarse los publicados por el MITECO, salvo que eso resulte incompatible con las obligaciones de información del EINF. Si usas otros factores, por ejemplo porque tu grupo aplica una base internacional común, documenta por qué y qué diferencia supone.

Qué tiene que incluir el plan de reducción

Aquí es donde más ha cambiado la exigencia. El plan debe tener, como mínimo:

Elemento Qué se espera
Objetivo cuantificado Una reducción expresada en cifras respecto a un año base, referida al total de la huella calculada. Puede desglosarse por alcances.
Horizonte Al menos cinco años. Para quien empezó con el ejercicio 2025, lo habitual es un plan 2026-2030.
Medidas Actuaciones concretas que expliquen cómo se va a alcanzar el objetivo.
Coherencia con 2050 El plan debe ser consistente con el objetivo de neutralidad climática a 2050.

Un plan que solo diga «reduciremos nuestras emisiones» o que enumere buenas intenciones sin cifras ni plazos no cumple. Tampoco uno sin año base.

Lo que aclaró el MITECO en diciembre de 2025

Tras las dudas del primer momento, el MITECO publicó una nota aclaratoria, actualizada el 2 de diciembre de 2025. Los puntos más útiles para preparar el EINF son estos:

  • Plazo. La huella y el plan se publican en los seis meses siguientes al cierre del ejercicio, igual que el EINF.
  • Periodo. El cálculo cubre doce meses consecutivos, que pueden coincidir con el año natural o con el ejercicio fiscal.
  • Planes previos. Si ya tenías un plan de al menos cinco años en ejecución que cumple los requisitos, no hace falta rehacerlo.
  • Publicación. La obligación de publicar en la web se entiende cumplida si la información está en el EINF o en el informe de sostenibilidad.

Qué suele fallar en la verificación

El verificador del EINF revisa la huella y el plan como cualquier otro contenido del informe. Estos son los problemas que más se repiten:

  1. Perímetro distinto del resto del EINF. La huella cubre unas sociedades y el informe, otras. O se han dejado fuera centros, flotas o instalaciones sin explicar el criterio. Las exclusiones deben estar justificadas y cuantificadas.
  2. Datos de actividad sin soporte. Consumos de combustible estimados sin método, facturas de electricidad que no cuadran con los kWh reportados o refrigerantes que no aparecen porque nadie revisó los partes de mantenimiento.
  3. Factores de emisión mal elegidos o desactualizados. Usar los factores de un año anterior, aplicar el factor de la red cuando hay garantías de origen sin explicar el enfoque de mercado y el de ubicación, o mezclar fuentes sin justificarlo.
  4. Año base que se mueve. Cambias el perímetro o la metodología y no recalculas el año base, o lo recalculas sin explicarlo. El resultado es una senda de reducción que no se puede comparar.
  5. Plan desconectado de la huella. El objetivo se fija sobre un dato que no coincide con la huella publicada, o las medidas no tienen relación con las principales fuentes de emisión.
  6. Incoherencias con el resto del informe. La energía consumida en el apartado medioambiental no coincide con la que sirve de base al alcance 2, o los objetivos climáticos del plan estratégico dicen otra cosa.

Cómo abordarlo antes del cierre del ejercicio 2026

Si quieres llegar a la verificación con la huella y el plan bien resueltos, esto es lo que haría en los próximos meses:

  1. Fija el perímetro por escrito y comprueba que es el mismo que el del EINF. Si no lo es, explica por qué.
  2. Documenta la metodología en una nota breve: estándar de referencia, enfoque de control, fuentes de datos, factores utilizados y criterios de exclusión.
  3. Prepara el soporte de cada dato de actividad a medida que avanza el año, no en marzo. Facturas, lecturas, registros de flota y partes de mantenimiento de equipos con gases fluorados.
  4. Revisa el plan con la huella de 2025 delante. Comprueba que el objetivo se refiere al total, que el año base está claro y que las medidas atacan las fuentes de emisión más relevantes.
  5. Prepara el seguimiento. En el EINF de 2026 tendrás que mostrar cómo evoluciona la huella respecto al objetivo. Si el dato sube, explica el motivo.
  6. Concilia con el resto del informe. Energía, flota, instalaciones y objetivos estratégicos deben contar la misma historia.

En resumen: el RD 214/2025 ha convertido la huella de carbono en un contenido con requisitos claros. Calcular los alcances 1 y 2 ya no basta. Hace falta un plan con objetivo cuantificado, horizonte de cinco años y medidas, y todo ello coherente con el resto del EINF.

Fuentes

Este artículo tiene carácter informativo y refleja la normativa a fecha de publicación.

Clara Sánchez revisa información de sostenibilidad antes de la verificación. Ha trabajado verificando informes en una Big Four y preparándolos en consultoría.

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